Solicitud de Préstamo

Solicitud de Préstamo

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Manual de créditos vigente

Aviso a los Asociados.

Por resolución del Consejo Directivo de 27/10/2015, se recuerda a los asociados los siguientes puntos extractados del Reglamento de Créditos vigente, que serán especialmente tenidos en cuenta a efectos de mejorar la gestión de la Cooperativa y salvaguardar los intereses de los asociados:

  • El total de los préstamos ordinarios no podrá superar el monto igual a cuatro veces el capital integrado, con un máximo de $ 100.000, salvo resolución fundada en contrario del Consejo Directivo y Comité de Crédito actuando conjuntamente.
  • El préstamo solamente se podrá conceder si arroja conjuntamente resultado positivo la ejecución de los siguientes dos algoritmos:
    1. Nominal – descuentos legales – retención judicial – 35% (nominal – descuentos legales) – cuota CGN, ANDA, BHU – cuota actual – cuota futura.
    2. Capital integrado x 4 – total riesgo del asociado.

Por consultas respecto a este comunicado, por favor contactar a la Administración.

Montevideo, 04/11/2015.

MANUAL DE CRÉDITOS AÑO 2016

A. Criterios de aprobación por línea de crédito.

  1. En general Cayccas prestará los servicios de crédito a los socios que cumplan las siguientes condiciones:
    1. Encontrarse en calidad de socios activos.
    2. Estar al día con las obligaciones económicas para con la cooperativa. En caso de existir algún tipo de atraso, la concesión del crédito estará condicionada a la decisión del Comité de Crédito ampliado con al menos un integrante del Consejo Directivo, atendiendo a las circunstancias particulares del caso y al historial del socio.
    3. Tener la capacidad de pago correspondiente a la modalidad de crédito solicitada.

2. Los préstamos se concederán en las siguientes modalidades:

  1. Préstamo amortizable:
    1. 1 cuota: tasa de interés 30%.
    2. Hasta 3 cuotas: tasa de interés 31%
    3. Hasta 6 cuotas: tasa de interés 32%
    4. Hasta 12 cuotas: tasa de interés 33%
    5. Hasta 24 cuotas: 35%
  2. Préstamo aguinaldo: préstamo de carácter semestral, se concederá en las siguientes condiciones:
    1. No es condición indispensable estar al día con los pagos a la cooperativa. Si existe atraso, y se considera que la capacidad de pago del socio lo permite, se concederá debitando del mismo las eventuales obligaciones que deba el socio. No se podrá conceder el préstamo si se da la situación de que el atraso en los pagos por parte del socio no es coyuntural sino que obedece a una situación estructural de sus haberes, que se extenderá en el tiempo.
    2. Desde el 01/02/2016 hasta el 30/03/2016 se otorgará en primera instancia hasta $ 10.000 dependiendo de la disponibilidad de cada socio. En segunda instancia, desde el 01/04/2016 hasta el 30/04/2016 se otorgará $ 5.000 adicionales.
    3. Desde el 01/08/2016 hasta el 30/09/2016 se otorgará en primera instancia hasta $ 10.000 dependiendo de la disponibilidad de cada socio. En segunda instancia, desde el 01/10/2016 hasta el 30/11/2016 se otorgará $ 5.000 adicionales.
    4. El pago es en una cuota.
    5. Tasa: 35%

3.  Préstamo vestimenta: préstamo de carácter semestral, se concederá en las siguientes condiciones:

  1. La partida depende de la disponibilidad de cada socio y de la disponibilidad de la cooperativa.
  2. No es condición indispensable estar al día con los pagos a la cooperativa. Si es así, y se considera que la capacidad de pago del socio lo permite, se concederá debitando del mismo las eventuales obligaciones que deba el socio.
  3. El monto a prestar es de $ 7.000.
  4. Se otorgará desde el 20/06/2016 hasta el 30/07/2016 y desde el 20/12/2016 hasta el 30/01/2017.
  5. El pago es en una cuota.
  6. Tasa: 35%

4. Préstamo especial estudiante: Préstamo que tiene por finalidad financiar los gastos escolares, liceales o terciarios, se prestará desde el 01/03/2016.

  1. Se trata de una línea especial que se concederá automáticamente, hasta un límite de $ 5.000, con un interés preferencial de 25%.
  2. Se concederá desde el 1 de marzo de 2016 al 30 de abril de 2016, a descontar de aguinaldo junio 2016.
  3. No se tendrá en cuenta otras condicionantes que la certificación de la calidad de estudiante del socio o sus parientes hasta 3er. Grado.
  4. Si el historial del estudiante y del socio y la capacidad de pago del socio lo ameritan, se puede estudiar la ampliación del monto a prestar con la misma tasa diferencial, a juicio del Comité de Crédito.

B.  Régimen de calificación y previsión: Los socios, a los efectos de la concesión de los préstamos que soliciten, serán calificados de la siguiente manera:

  1. Área promociones: el socio califica para acceder a uno de los planes promocionales de la cooperativa, según definición del mismo.
  2. Paga normalmente: el socio se encuentra al día con sus obligaciones para con la cooperativa y está en condiciones de operar en todos sus planes de crédito.
  3. Nunca operó: el socio se encuentra en condiciones de acceder a promociones especiales para aquellos asociados que nunca solicitaron crédito a la cooperativa, como forma de alentar el uso de nuestros servicios.
  4. Atrasos esporádicos: el socio se atrasó en sus pagos hasta tres veces en el curso del último año.
  5. Atrasos frecuentes: el socio se atrasó en sus pagos más de tres veces en el curso del último año.
  6. Incobrable: el socio no dispone de líquido para el pago de sus obligaciones para con la cooperativa. En este caso:
    1. Sus operaciones se derivan a la “cartera pesada” y se inicia un procedimiento especial de recuperación de los activos.
    2. Se prevé asimismo una partida presupuestal para eventual pérdida por incobrables por el monto global de la cartera pesada.
    3. Se pasan los antecedentes al Área Jurídica de la Cooperativa.

C. Topes a la concentración: Ningún socio podrá obtener en calidad de préstamo una cantidad que supere el 10% del capital de la cooperativa.

D. Refinanciaciones y política de recuperación y seguimiento de morosos. Cuando un socio no pueda hacer frente al servicio de su deuda con la cooperativa, el Consejo Directivo podrá aprobar el refinanciamiento de su deuda de acuerdo a la limitada capacidad de pago del socio, quien quedará inhabilitado para operar hasta la cancelación de la refinanciación.

Dado que las funciones del Comité de Créditos son supervisar, con carácter general, el cumplimiento de lo establecido en el Manual de Créditos, deberá mantenerse por parte de la administración los siguientes aspectos específicos:

 

  1. carpeta del socio en medio físico o electrónico, en el que deberá constar la solicitud de crédito con los datos completos y actualizados del socio;
  2. informe sobre la capacidad de pago del socio;
  3. historial de pago del socio. Si mostrara atrasos se deberá efectuar el seguimiento especial a dicho préstamo. No podrán concederse nuevos créditos a socios que mantengan atrasos en los pagos con la cooperativa, a excepción de los préstamos que se originen por refinanciaciones.
  4. confección del cuadro de clasificación de la cartera de créditos para lo cual se definen cinco categorías de riesgo en relación con los días de atraso:
    • normal, mora de 1 a 30 días;
    • potencial, mora de 31 a 90 días;
    • en gestión, mora de 91 a 180 días;
    • moroso, mora de 181 a 240 días; e
    • incobrable, mora superior a 240 días.
    • Los créditos reprogramados se expondrán separadamente.
    • Los créditos refinanciados se previsionarán en la categoría de riesgo en gestión (más de 90 días) hasta que se haya cancelado el 50% del monto refinanciado;
  5. límite máximo a prestar a cada socio: $ 100.000. Créditos especiales:
    • circunstancias especiales, a valorar por el Consejo Directivo atento al cumplimiento de los principios cooperativos.
    • Estos créditos especiales pueden ameritar solicitar al socio la presentación de garantías adicionales;
  6. Criterios, en su caso, para aprobar préstamos en moneda distinta al peso uruguayo.

Montevideo, 29/10/2015.